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Propiedad

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Antecedentes

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La propiedad es cualquier f??sico o entidad intangible que es propiedad de una persona o conjuntamente por un grupo de personas o una entidad jur??dica como una corporaci??n . Dependiendo de la naturaleza de la propiedad, el propietario de la propiedad tiene derecho a consumir, vender, alquilar, hipoteca, transferencia, intercambio o la destruyen, o para excluir a otros de hacer estas cosas.

La Reformulaci??n (Primera), de propiedad define la propiedad como cualquier cosa, tangible o intangible por el que una relaci??n jur??dica entre las personas y el Estado impone un inter??s posesorio o t??tulo jur??dico en esa cosa. Esta relaci??n mediadora entre el individuo, la propiedad y el estado se llama como los reg??menes de propiedad.

Importantes tipos reconocidos de propiedad incluyen bienes inmuebles (la combinaci??n de tierra y cualquier mejora o en la tierra), bienes personales (posesiones f??sicas pertenecientes a una persona), propiedad privada (propiedad propiedad de personas jur??dicas o entidades comerciales), propiedad p??blica (de propiedad estatal o p??blica de propiedad y posesiones disponibles) y propiedad intelectual (derechos exclusivos sobre las creaciones art??sticas, invenciones, etc.), aunque este ??ltimo no est?? siempre tan ampliamente reconocida o ejecutada. La t??tulo, o una derecho de propiedad, establece la relaci??n entre la propiedad y otras personas, garantizando al propietario el derecho a disponer de la propiedad como el propietario crea conveniente.

Visi??n de conjunto

Propiedad se lo suele considerar como siendo definido y protegido por lo local soberan??a. La propiedad, sin embargo, no equivale necesariamente a la soberan??a. Si la propiedad dio autoridad suprema, ser??a soberan??a, no la propiedad. Algunos fil??sofos afirman que los derechos de propiedad surgen de convenci??n social, mientras que otros encuentran justificaciones para ellos en la moral o la ley natural.

Propiedad, en primera instancia, es una cosa-en-s??. Cuando una persona encuentra una cosa y toma esa cosa en la posesi??n y el control de esa persona, entonces esa cosa se convierte en una cosa para usted para esa persona. Una vez que la persona tiene esa cosa en posesi??n de esa persona, esa cosa se convierte en propiedad de esa persona por raz??n del descubrimiento y conquista, y esa persona tiene el derecho individual a defender que la propiedad (intereses de la propiedad) contra todos los dem??s a causa de la autoayuda. Por lo general, las personas que se unen para formar un Estado pol??tico que tiene un sistema legal formal que hace cumplir y protege los derechos de propiedad para que el individuo puede ir a la corte para obtener la protecci??n y la observancia de los derechos de propiedad de esa persona, en lugar de tener que utilizar la auto-ayuda. Es posible que cuando una persona tiene la posesi??n constructiva de la propiedad personal, pero otra persona tiene la posesi??n real, entonces la persona que est?? en posesi??n constructiva tiene la nuda propiedad, mientras que la otra persona tiene la posesi??n real. En general, el suelo y los edificios que est??n unidos permanentemente se consideran bienes inmuebles, mientras que los bienes muebles e intangibles, como un derecho de autor se consideran propiedad personal. Adem??s, la propiedad no se puede considerar un concepto reificado, porque en el primer caso, la propiedad es muy concreto como una cosa-en-s?? f??sica.

Diversas disciplinas acad??micas (tales como el derecho , la econom??a , la antropolog??a o la sociolog??a ) pueden tratar el concepto de forma m??s sistem??tica, pero las definiciones pueden variar dentro y entre los campos. Los estudiosos de las ciencias sociales con frecuencia conciben propiedad como conjunto de derechos. Hacen hincapi?? en que la propiedad no es una relaci??n entre las personas y las cosas, sino una relaci??n entre las personas con respecto a las cosas.

La propiedad p??blica es cualquier propiedad que es controlado por un Estado o por toda una comunidad. La propiedad privada es cualquier propiedad que no es de propiedad p??blica. La propiedad privada puede estar bajo el control de una sola persona o por un grupo de personas en forma conjunta.

Caracter??sticas generales

Modernos derechos de propiedad se basan en concepciones de los propietarios y la posesi??n como pertenecientes a personas jur??dicas, incluso si la persona jur??dica no es una persona natural. En la mayor??a de los pa??ses, las empresas, por ejemplo, tienen derechos legales similares a los de los ciudadanos. Por lo tanto, la corporaci??n es una persona jur??dica o entidad legal artificial, bajo un concepto que algunos se refieren como "personalidad corporativa".

Los derechos de propiedad est??n protegidos en las leyes vigentes de la mayor??a de los estados, por lo general en su constituci??n o en un declaraci??n de derechos. La protecci??n tambi??n se prescribe en las Naciones Unidas Declaraci??n Universal de Derechos Humanos , art??culo 17, y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), Protocolo 1.

Los principios tradicionales de derechos de propiedad incluyen:

  1. el control del uso de la propiedad
  2. el derecho a un beneficio de la propiedad (ejemplos: derechos mineros y alquiler)
  3. derecho a transferir o vender la propiedad (pero no toda propiedad puede ser transferido o vendido)
  4. derecho a excluir a otros de la propiedad.

Derechos de propiedad tradicionales no incluyen:

  1. usos que interfieran de manera injustificable contra los derechos de propiedad de otro particular (el derecho de disfrute) [Ver Molestias]
  2. usos que interfieran de manera injustificable contra los derechos de propiedad p??blica, incluidos los usos que interfieren con la salud p??blica, la seguridad, la paz o la conveniencia. [Ver Molestias, Poder de Polic??a]

No todos persona o entidad con un inter??s en una determinada pieza de la propiedad puede ser capaz de ejercer todas las posibles derechos de propiedad. Por ejemplo, como una arrendatario de una determinada pieza de propiedad, usted no podr?? vender la propiedad, debido a un inquilino es s??lo en la posesi??n y no tiene t??tulo para transferir. Del mismo modo, mientras que usted es un arrendatario, el propietario no puede utilizar su derecho de excluir a evitar que la propiedad, o, si lo hacen, usted puede tener derecho a dejar de pagar el alquiler o demandar para el acceso.

Adem??s, la propiedad se puede mantener en un n??mero de formas, como por ejemplo a trav??s de copropiedad, propiedad de la comunidad, o arrendar. Estos diferentes tipos de propiedad pueden complicar la capacidad de un propietario de ejercer los derechos de propiedad de manera unilateral. Por ejemplo, si dos personas poseen un solo pedazo de tierra como copropietarios a continuaci??n, en funci??n de la ley en el jurisdicci??n, cada uno puede tener pocos recursos para las acciones de la otra. Por ejemplo, uno de los propietarios podr??an vender su inter??s en la propiedad de un extranjero a quien el otro propietario no le gusta especialmente. Sea como fuere, los derechos de propiedad deben ser fija y la necesidad de retratar a las relaciones entre las dem??s partes con el fin de ser eficaz.

Los sistemas jur??dicos han evolucionado para cubrir las transacciones y conflictos que surjan sobre la posesi??n, uso, transferencia y disposici??n de los bienes, la mayor??a con especial participaci??n de contratos. El derecho positivo define esos derechos, y el poder judicial se utiliza para juzgar y hacer cumplir los derechos de propiedad.

Seg??n Adam Smith , la expectativa de ganancias de "la mejora de una reserva de capital" se basa en los derechos de propiedad privada. Se trata de una hip??tesis fundamental de capitalismo que los derechos de propiedad animan a sus titulares para desarrollar la propiedad, generar riqueza y asignar eficientemente los recursos basados en el funcionamiento de los mercados. De esto ha evolucionado la concepci??n moderna de la propiedad como un derecho impuesto por el derecho positivo, en la expectativa de que esto va a producir m??s riqueza y mejores niveles de vida. Sin embargo, Smith tambi??n expres?? una opini??n muy cr??tica sobre los efectos de las leyes de propiedad sobre la desigualdad:

"All?? donde hay gran propiedad, existe una gran desigualdad ... El gobierno civil, la medida en que se instituye para la seguridad de la propiedad, es en realidad instituido para la defensa de los ricos contra los pobres, o de los que tienen alguna propiedad contra los que no tienen ninguno en absoluto ". ( Adam Smith , Riqueza de las naciones)

En su texto El Common Law, Oliver Wendell Holmes describe propiedad tiene dos aspectos fundamentales. La primera es la posesi??n, que puede definirse como el control sobre un recurso basado en la imposibilidad pr??ctica de otro contradecir los extremos del poseedor. El segundo es el t??tulo, que es la expectativa de que otros se reconocen los derechos para controlar los recursos, incluso cuando no est?? en posesi??n. Elabora las diferencias entre estos dos conceptos, y propone una historia de c??mo llegaron a ser adjunto a las personas, a diferencia de las familias o entidades como la iglesia.

  • Los liberales cl??sicos suscriben la teor??a del trabajo de la propiedad. Sostienen que es due??o de su propia vida, y se deduce que debe poseer los productos de esa vida, y que esos productos pueden ser comercializados en el libre intercambio con los dem??s.
"Cada hombre tiene una propiedad en su propia persona. Esto nadie tiene derecho a, sino a s?? mismo." ( John Locke , Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil)
"La raz??n por la que los hombres entran en la sociedad es la preservaci??n de sus bienes." ( John Locke , Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil)
"La vida, la libertad y la propiedad no existen porque los hombres han hecho leyes. Por el contrario, fue el hecho de que la vida, la libertad y la propiedad exist??a de antemano que caus?? a los hombres a hacer leyes en el primer lugar." ( Fr??d??ric Bastiat, La Ley)
  • Socialismo 's principios fundamentales se centran en una cr??tica de este concepto, afirmando, entre otras cosas, que el costo de la defensa de la propiedad es m??s alto que los rendimientos de la propiedad privada, y que, aun cuando los derechos de propiedad animan a sus titulares a desarrollar su propiedad o generar riqueza, lo hacen s??lo para su propio beneficio, que puede no coincidir con beneficio para otras personas o para la sociedad en general.
  • El socialismo libertario en general acepta los derechos de propiedad, pero con un corto per??odo de abandono. En otras palabras, una persona debe hacer uso (m??s o menos) continua del tema o de lo contrario perder?? los derechos de propiedad. Esto se conoce generalmente como "propiedad posesi??n" o " usufructo ". Por lo tanto, en este sistema de usufructo, la propiedad absentista es ileg??tima y trabajadores poseen las m??quinas u otros equipos con los que trabajan.
  • Comunismo argumenta la propiedad que s??lo colectivo de la medios de producci??n a trav??s de una sistema de gobierno (aunque no necesariamente un estado) garantizar?? la reducci??n al m??nimo de los resultados desiguales o injustas y la maximizaci??n de los beneficios, y que por lo tanto la propiedad privada del capital debe ser abolida.

Tanto el comunismo como algunos tipos de socialismo tambi??n han defendido la idea de que la propiedad privada del capital es intr??nsecamente ileg??timo. Este argumento se centra principalmente en la idea de que la propiedad privada del capital siempre beneficia a uno clase sobre otra, dando lugar a la dominaci??n mediante el uso de esta capital de propiedad privada. Los comunistas no se oponen a la propiedad personal que es "duro-won, auto-adquirido, auto-ganado" ( Manifiesto Comunista) por miembros de la proletariado. Tanto el socialismo y el comunismo son cuidadosos al hacer la distinci??n entre la propiedad privada del capital (tierra, f??bricas, recursos, etc ...) y la propiedad privada (casas, objetos materiales, y as?? sucesivamente).

Tipos de propiedad

M??s sistemas jur??dicos distinguen diferentes tipos ( bienes inmuebles, ra??ces en la tierra, bienes ra??ces, bienes inmuebles) de propiedad, especialmente entre la tierra y todas las dem??s formas de propiedad de bienes y bienes muebles, bienes muebles o propiedad personal. A menudo se distinguen bienes tangibles e intangibles. Un esquema de categorizaci??n especifica tres especies de propiedad: Terrenos, mejoras en inmuebles (cosas hechas por el hombre), y propiedad personal (m??viles cosas hechas por el hombre).

En el derecho com??n , bienes inmuebles ( bienes inmuebles) es la combinaci??n de intereses en la tierra y mejoras de la misma, y propiedad personal es el inter??s en bienes muebles. Derechos de propiedad real son los derechos relacionados con la tierra. Estos derechos incluyen la propiedad y el uso. Los propietarios pueden otorgar derechos a las personas y entidades en forma de arrendamientos, licencias y servidumbres.

M??s tarde, con el desarrollo de las teor??as m??s complejas de propiedad, la propiedad personal se divide en bienes tangibles (tales como autos y ropa ) y bienes intangibles (tales como instrumentos financieros, incluyendo las reservas y bonos, archivos digitales, y propiedad intelectual, incluyendo patentes, derechos de autor, y marcas).

Problemas de la teor??a de la propiedad

??Qu?? puede ser propiedad?

Los dos principales justificaciones dadas por la propiedad original, o la Apropiaci??n original, son el esfuerzo y la escasez. John Locke hizo hincapi?? en el esfuerzo, "mezclar su trabajo" con un objeto, o de compensaci??n y el cultivo de la tierra virgen. Benjamin Tucker prefiri?? mirar el telos de la propiedad, es decir, ??Cu??l es el prop??sito de la propiedad? Su respuesta: para resolver el problema de la escasez. S??lo cuando los art??culos son relativamente escasos en relaci??n con los deseos de la gente hacer que se conviertan en propiedad. Por ejemplo, los cazadores-recolectores no consideraban la tierra como propiedad, ya que no hab??a escasez de tierras. Sociedades agrarias m??s tarde hicieron propiedad de la tierra de cultivo, ya que era escaso. Para que algo sea econ??micamente escasa, debe necesariamente tiene la propiedad exclusiva - que el uso por una persona excluye que otros lo usen. Estas dos justificaciones conducen a conclusiones diferentes sobre lo que puede ser la propiedad. Propiedad intelectual - las cosas no corporales como ideas, planes, ordenamientos y acuerdos (composiciones musicales, novelas, programas de ordenador) - son generalmente considerados propiedad v??lida para aquellos que apoyan una justificaci??n esfuerzo, pero no v??lida para aquellos que apoyan una justificaci??n escasez, ya que no tienen la propiedad exclusiva (sin embargo a??n pueden apoyar a otros 'property' suegros intelectuales como Derechos de autor, siempre y cuando ??stos son objeto de contrato en lugar de arbitraje del gobierno). As??, incluso ardiente propertarians pueden estar en desacuerdo sobre IP. Por cualquiera de las normas, el cuerpo de uno es la propiedad de uno.

Desde algunos anarquistas puntos de vista, la validez de la propiedad depende de si el "derecho de propiedad" exige la aplicaci??n por parte del Estado. Las diferentes formas de "propiedad" requieren diferentes cantidades de cumplimiento: propiedad intelectual requiere una gran cantidad de la intervenci??n del Estado para hacer cumplir, la propiedad de la propiedad f??sica distante requiere bastante, la propiedad de los objetos transportados requiere muy poco, mientras que la propiedad del propio cuerpo no requiere ninguna intervenci??n del Estado. Algunos anarquistas no creen en la propiedad en absoluto.

Muchas cosas han existido, que no tiene un propietario, a veces llamado el commons. El t??rmino "bienes comunes", sin embargo, tambi??n se utiliza a menudo para significar algo muy diferente: "la propiedad colectiva en general" - es decir, propiedad com??n. Adem??s, el mismo t??rmino se utiliza a veces por estatistas que significa propiedad del gobierno que se permite que el p??blico en general para el acceso ( propiedad p??blica). Ley en todas las sociedades ha tendido a desarrollarse hacia la reducci??n de la cantidad de cosas que no tienen propietarios claras. Los partidarios de los derechos de propiedad argumentan que esto permite una mejor protecci??n de los recursos escasos, debido a la tragedia de los comunes, mientras que los cr??ticos argumentan que conduce a la "explotaci??n" de esos recursos para beneficio personal y que impide el aprovechamiento del potencial efectos de red. Estos argumentos tienen diferentes validez para los diferentes tipos de "propiedad", cosas que no son escasos son, por ejemplo, que no est??n sujetos a la tragedia de los comunes. Algunos cr??ticos aparentes abogan por la propiedad colectiva general en lugar de Carencia de Sustancia.

Las cosas que no tienen propietarios incluyen: ideas (excepto la propiedad intelectual), el agua de mar (que es, sin embargo, protegido por las leyes anticontaminantes), partes del fondo marino (ver el Convenci??n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de las restricciones), gases en la atm??sfera de la Tierra , los animales en su h??bitat natural (aunque en la mayor??a de las naciones, los animales est??n atados a la tierra. En la vida salvaje de los Estados Unidos y Canad?? se define generalmente en el estatuto como propiedad de el Estado. Esta propiedad p??blica de la vida silvestre se conoce como el modelo de conservaci??n de la fauna de Am??rica del Norte y se basa en la doctrina del fideicomiso p??blico.), cuerpos celestes y el espacio exterior, y la tierra en la Ant??rtida .

La naturaleza de los ni??os bajo mayor??a de edad es otro tema controvertido aqu??. En las sociedades antiguas hijos se consideran en general la propiedad de sus padres. Los ni??os en la mayor??a de las sociedades modernas, te??ricamente, son due??os de sus propios cuerpos, pero no se consideran competentes para ejercer sus derechos, y sus padres o tutores se dan la mayor parte de los derechos reales de control sobre ellos.

Las preguntas relacionadas con la naturaleza de la propiedad del cuerpo tambi??n vienen en la edici??n de aborto, drogas y eutanasia.

En muchos sistemas jur??dicos antiguos (por ejemplo, a principios del derecho romano ), sitios religiosos (por ejemplo, templos) se considerar??n como propiedad del dios o dioses que se dedicaron a. Sin embargo, religiosa pluralismo hace que sea m??s conveniente para tener lugares de culto pertenecientes a la cuerpo religioso que los ejecuta.

La propiedad intelectual y el aire ( el espacio a??reo, zona, las leyes de contaminaci??n, que puede incluir transable de exclusi??n a??rea derechos de emisi??n) pueden ser propiedad, en algunos sentidos de la palabra.

La propiedad de la tierra se hace por separado de la titularidad de los derechos sobre esa tierra, incluidos los derechos deportivos, derechos mineros, los derechos de desarrollo, derechos del aire, as?? como los dem??s derechos que pueden valer la segregaci??n de la propiedad de la tierra sencilla.

??Qui??n puede ser un propietario?

Las leyes de propiedad puede variar ampliamente entre los pa??ses en funci??n de la naturaleza de la propiedad de inter??s (por ejemplo, armas de fuego, bienes inmuebles, bienes muebles, animales). Las personas pueden tener propiedades directamente. En la mayor??a de las sociedades personas jur??dicas, tales como las corporaciones , fideicomisos y naciones (o gobiernos) propiedad.

En muchos pa??ses, las mujeres tienen un acceso limitado a la propiedad despu??s de la herencia y de la familia leyes restrictivas, en virtud del cual s??lo los hombres tienen derechos reales o formales a la propiedad.

En el imperio Inca, los emperadores muertos, que eran considerados dioses, a??n controlaban la propiedad despu??s de la muerte.

Si, y en qu?? medida el Estado puede interferir con la propiedad

Bajo Estados Unidos la ley las principales limitaciones en si, y en qu?? medida el Estado puede interferir con los derechos de propiedad son fijadas por la Constituci??n. La cl??usula de "Tom??s" requiere que el gobierno (ya sea estatal o federal, por la cl??usula del debido proceso de la decimocuarta de Enmienda impone tomas cl??usula de la quinta de Enmienda a los gobiernos estatales) puede tomar la propiedad privada s??lo para un prop??sito p??blico, despu??s de hacer ejercicio debido proceso legal, y al momento de realizar una "compensaci??n justa". Si su inter??s no se considera un derecho de "propiedad", o la conducta no es m??s que un agravio intencional, estas limitaciones no se aplican y la doctrina de inmunidad soberana excluya la compensaci??n. Por otra parte, si la interferencia no hace casi por completo la propiedad sin valor, la interferencia no se considerar?? una toma sino una mera regulaci??n del uso. Por otro lado, algunas regulaciones gubernamentales de uso de la propiedad han sido considerados tan graves que se han considerado " expropiaciones regulatorias ". Por otra parte, la conducta a veces se consideran s??lo una molestia u otro agravio se ha celebrado una toma de la propiedad en que el comportamiento era suficientemente persistente y severa.

Las teor??as de la propiedad

Existen muchas teor??as de la propiedad. Una de ellas es la relativamente rara primera teor??a posesi??n de la propiedad, donde se ve a la propiedad de algo tan justificada simplemente por alguien apoderarse algo antes de que alguien m??s lo haga. Tal vez uno de los m??s populares, es el definici??n de los derechos naturales de los derechos de propiedad a medida que avanzaba por John Locke . Locke avanz?? la teor??a de que cuando uno mezcla el trabajo de uno con la naturaleza, se gana una relaci??n con esa parte de la naturaleza con la que se mezcla el trabajo, sujeto a la limitaci??n de que no debe haber "suficiente, y tan bueno, que queda en com??n por los dem??s. "

De la Rerum Novarum, El Papa Le??n XIII escribi?? "Sin duda, es innegable que, cuando un hombre se involucra en el trabajo remunerado, el motivo impulsor y el motivo de su trabajo es la obtenci??n de la propiedad, y, posteriormente, para mantenerlo como su propio."

Antropolog??a estudia los diversos sistemas de propiedad, derechos de uso y la transferencia y la posesi??n bajo el t??rmino de "teor??as de la propiedad." Teor??a jur??dica occidental se basa, como se mencion??, en el due??o de la propiedad de ser una persona jur??dica. Sin embargo, no todos los sistemas de propiedad se basan en esta base.

En todas las culturas estudiadas propiedad y posesi??n son el tema de la costumbre y la regulaci??n, y la "ley", donde de manera significativa se puede aplicar el t??rmino. Muchas culturas tribales equilibrar la propiedad individual con las leyes de los grupos colectivos: tribus, familias, asociaciones y naciones. Por ejemplo, la Constituci??n Cherokee 1839 enmarca la cuesti??n en estos t??rminos:

Sec. 2. Las tierras de la Naci??n Cherokee permanecer??n propiedad com??n; pero las mejoras realizadas sobre el mismo, y en la posesi??n de los ciudadanos que hicieron, respectivamente, o que pueden ser leg??timamente en posesi??n de ellos: Disponi??ndose, que los ciudadanos de la Naci??n que posee el derecho exclusivo e imprescriptible de sus mejoras, seg??n lo expresado en este art??culo, se poseer ning??n derecho o facultad de disponer de sus mejoras, de cualquier manera que sea, a los Estados Unidos, los Estados individuales, oa los ciudadanos individuales de los mismos; y que, siempre que cualquier ciudadano se retire con sus efectos fuera de los l??mites de esta Naci??n, y convertirse en un ciudadano de cualquier otro gobierno, todos sus derechos y privilegios como ciudadano de esta naci??n quedar?? extinguido: A condici??n, sin embargo, que el Consejo Nacional tendr?? el poder de volver a admitir, por ley, a todos los derechos de ciudadan??a, cualquier persona o personas que puede, en cualquier momento, el deseo de regresar a la Naci??n, en conmemorar el Consejo Nacional para tal readmisi??n.

Sistemas de propiedad comunal describen la propiedad como perteneciente a toda la unidad social y pol??tica. Estos acuerdos pueden bajo ciertas condiciones erosionar los recursos de acceso abierto. Este desarrollo ha sido criticado por el tragedia de los comunes.

Sistemas corporativos describen la propiedad como est?? unido a un grupo identificable con una persona responsable identificable. La ley de propiedad romana se basaba en un sistema de este tipo corporativo.

Las diferentes sociedades pueden tener diferentes teor??as de la propiedad para diferentes tipos de propiedad. Pauline Peters argument?? que los sistemas de propiedad no son aislable del tejido social, y las nociones de propiedad no pueden establecerse como tal, sino que pueden enmarcarse en t??rminos negativos: por ejemplo, el sistema de tab?? entre los pueblos polinesios.

Propiedad en la filosof??a

En medieval y renacentista Europa el t??rmino "propiedad" se refiere esencialmente a la tierra. Mucho replanteamiento ha llegado a ser considerado s??lo como un caso especial del g??nero propiedad. Este replanteamiento fue inspirado por al menos tres grandes caracter??sticas de la Europa moderna: el aumento del comercio, la distribuci??n de los esfuerzos para prohibir inter??s (entonces llamado " usura "), y el desarrollo de nacionales centralizados monarqu??as .

La filosof??a antigua

Urukagina, el rey de la sumeria ciudad-estado Lagash, estableci?? las primeras leyes que prohib??an convincente la venta de bienes.

La Diez Mandamientos que se muestran en ??xodo 20: 2-17 y Deuteronomio 5: 6-21 declararon que el Israelitas no fueron a robar, una manta de principio de protecci??n de la propiedad privada.

Arist??teles , en la pol??tica, aboga por la "propiedad privada". Argumenta que el inter??s propio conduce a la negligencia de los bienes comunes. "[T] sombrero que es com??n a la mayor cantidad tiene el menor cuidado otorgado a cada uno piensa principalmente de su propia, casi nada de inter??s com??n;. Y s??lo cuando es ??l mismo preocupados como individuo."

Adem??s, dice que cuando la propiedad es com??n, hay problemas naturales que surgen debido a las diferencias en el trabajo: "Si ellos no comparten por igual goces y fatigas, a los que trabajan mucho y ser poco necesariamente se quejan de los que trabajan poco y recibir o consumir mucho. Pero en realidad siempre hay una dificultad en los hombres que viven juntos y tienen todas las relaciones humanas en com??n, pero sobre todo en su haber propiedad com??n ". ( Pol??tica, 1261b34)

La filosof??a medieval

Tom??s de Aquino (siglo 13)

Tom??s de Aquino concluye que, teniendo en cuenta determinadas normas de desarrollo,

  • es natural que el hombre posea cosas externas
  • es l??cito al hombre de poseer una cosa como propia
  • la esencia de robo consiste en tomar de otra cosa en secreto
  • hurto y robo son pecados de diferentes especies, y el robo es un pecado m??s grave que el hurto
  • el robo es un pecado; Tambi??n es una pecado mortal
  • es, sin embargo, l??cito robar a trav??s del estr??s de necesidad: ". en casos de necesidad todas las cosas son de propiedad com??n"

La filosof??a moderna

Thomas Hobbes (siglo 17)

Los principales escritos de Thomas Hobbes aparecieron entre 1640 y 1651, durante e inmediatamente despu??s la guerra entre las fuerzas leales al rey Carlos I y los leales a Parlamento. En sus propias palabras, la reflexi??n de Hobbes comenz?? con la idea de "dar a cada uno su propia", una frase que sac?? de los escritos de Cicer??n. Pero se pregunt??: ??C??mo puede alguien llamar a cualquier cosa que su propia? Y concluy?? diciendo: Mi propia s??lo puede realmente ser el m??o si hay un poder m??s fuerte de forma inequ??voca en el reino, y que trata de poder como la m??a, la protecci??n de su condici??n de tal.

James Harrington (siglo 17)

Un contempor??neo de Hobbes, James Harrington, reaccion?? de manera diferente con el mismo tumulto; ??l consideraba propiedad natural pero no inevitable. El autor de Oceana, que pudo haber sido el primer te??rico pol??tico para postular que el poder pol??tico es una consecuencia, no la causa, de la distribuci??n de la propiedad. Dijo que la peor situaci??n posible es aquella en la que los comuneros tienen la propiedad de un medio de la naci??n, con la corona y la nobleza que sostiene la otra mitad, circunstancia plagada de inestabilidad y violencia. Una situaci??n mucho mejor (una rep??blica estable) existir?? una vez que los comuneros poseen la mayor parte de propiedad, sugiri??.

En a??os posteriores, a las filas de admiradores de Harrington incluyen revolucionario americano y fundador John Adams .

Robert Filmer (siglo 17)

Otro miembro de la generaci??n Hobbes / Harrington, Sir Robert Filmer, lleg?? a conclusiones muy parecidas a Hobbes, sino a trav??s de la Biblia ex??gesis. Filmer dijo que la instituci??n de la monarqu??a es an??loga a la de la paternidad, que los sujetos no son m??s que los ni??os, si los derechos de propiedad obedientes o desobedientes, y que son similares a los art??culos para el hogar que un padre puede repartir entre sus hijos, su recogida y de disponer de acuerdo a su placer.

John Locke (siglo 17)

En la siguiente generaci??n, John Locke trat?? de responder Filmer, creando una base para una equilibrada constituci??n en la que el monarca ten??a un papel que desempe??ar, pero no una parte abrumadora. Desde puntos de vista de Filmer esencialmente requieren que el Familia Stuart ser descendientes de la ??nica patriarcas de la Biblia , y ya que incluso a finales del siglo 17 que fue una vista dif??cil de defender, Locke atac?? las opiniones de Filmer en su En primer tratado sobre el gobierno, liber??ndolo exponer sus propios puntos de vista en la Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil. En esto, Locke imagin?? un mundo pre-sociales, cada uno de los residentes descontentos de que est??n dispuestos a crear un contrato social porque de lo contrario "el goce de los bienes que tiene en este estado es muy inseguro, muy insegura", y por lo tanto la "gran y jefe final, por lo tanto, de los hombres de unir en mancomunidades, y ponerse bajo el gobierno, es la preservaci??n de su propiedad ". Ellos, permiti??, crean una monarqu??a , pero su tarea ser??a la de ejecutar la voluntad de un ??rgano legislativo elegido. "Con este fin" (para lograr el objetivo especificado anteriormente), escribi??, "es que los hombres abandonan todo su poder natural de la sociedad entran en, y la comunidad puso la el poder legislativo en tales manos cuando lo considere oportuno, con esta confianza, que se regir??n por las leyes declaradas, o de lo contrario su paz, tranquilidad, y la propiedad todav??a estar??n en la misma incertidumbre como lo fue en el estado de naturaleza ".

Incluso cuando se mantiene a la forma legislativa adecuada, sin embargo, Locke sostuvo que hay l??mites a lo que un gobierno establecido por dicho contrato con raz??n podr??a hacer.

"No se puede suponer que [los contratistas hipot??ticos] deber??an intenci??n, ten??a que un poder tan hacer, para dar una o m??s un poder arbitrario absoluto sobre sus personas y haciendas, y poner una fuerza en la mano del magistrado para ejecutar su ilimitado har?? arbitrariamente sobre ellos; esto llegara a ponerse en una condici??n peor que el estado de naturaleza, en el que ten??an una libertad para defender su derecho contra las lesiones de otros, y estaban sobre igualdad de condiciones de fuerza para mantenerlo, ya sea invadida por un solo hombre o muchos en combinaci??n. Considerando que, en el supuesto de que hayan renunciado a s?? mismos al poder arbitrario absoluta y la voluntad de un legislador, que han desarmado a s?? mismos, y armado ??l para hacer una presa de ellos cuando le plazca ... "

Tenga en cuenta que los dos "personas y haciendas" deben ser protegidos del poder arbitrario de cualquier magistrado, incluido el "poder y la voluntad de un legislador." En t??rminos de Locke, depredaciones contra una finca son tan plausibles justificativa para la resistencia y la revoluci??n como lo son aquellos en contra de las personas. En ninguno de los casos son las materias requeridas para permitir a s?? mismos para convertirse en presa.

Para explicar la propiedad de bienes Locke avanz?? un teor??a del trabajo de la propiedad.

William Blackstone (siglo 18)

En la d??cada de 1760, William Blackstone trat?? de codificar el Ingl??s ley com??n . En su famoso Comentarios sobre las Leyes de Inglaterra, escribi?? que "toda restricci??n indiscriminada y sin causa de la voluntad del sujeto, ya sean producidas por un monarca, una nobleza, o una asamblea popular es un grado de tiran??a."

??C??mo se debe prevenir o resisti?? tal tiran??a? A trav??s de los derechos de propiedad, Blackstone pens??, por lo que destac?? que la indemnizaci??n se debe otorgar un propietario no consentir cuya propiedad es tomada por dominio eminente, y que el due??o de una propiedad est?? protegida contra la invasi??n f??sica de su propiedad por las leyes de prevaricaci??n y molestia. De hecho, ??l escribi?? que un propietario es libre de matar a cualquier extra??o en su propiedad entre el anochecer y el amanecer, incluso un agente del Rey, ya que no es razonable esperar que ??l reconoce agentes del rey en la oscuridad.

David Hume (siglo 18)

En contraste con las cifras analizadas en esta secci??n hasta el momento, David Hume vivi?? una vida relativamente tranquila que se hab??a establecido una estructura social y pol??tica relativamente estable. ??l vivi?? la vida de un escritor solitario hasta 1763 cuando, a los 52 a??os de edad, se fue a Par??s para trabajar en la embajada brit??nica.

Por el contrario, se podr??a pensar, a sus obras pol??micas sobre la religi??n y su empirismo impulsada esc??ptico epistemolog??a, puntos de vista de Hume sobre el derecho y la propiedad eran bastante conservadores.

No cre??a en los contratos hipot??ticos, o en el amor de la humanidad en general, y busc?? a tierra a la pol??tica sobre los seres humanos reales como se los conoce. "En general", escribi??, "se puede afirmar que no hay tal pasi??n en la mente humana, como el amor a la humanidad, m??s que como tal, independiente de las cualidades personales, o servicios, o de relaci??n con nosotros mismos." Costumbres existentes no deben ser ignorados a la ligera, ya que han llegado a ser lo que son, como resultado de la naturaleza humana. Con este respaldo de la costumbre viene un aval de los gobiernos existentes, porque ??l concibi?? de los dos como complementarias: "A lo que se refiere a libertad, aunque una pasi??n loable, debe com??nmente a ser subordinado a una reverencia por establecido el gobierno ".

Estos puntos de vista condujo a una vista sobre los derechos de propiedad que podr??a describirse hoy como positivismo jur??dico. Existen derechos de propiedad debido y en la medida que la ley existente, con el apoyo de las costumbres sociales, asegurarlos. Ofreci?? algunos consejos hilados en casa pr??ctico sobre el tema en general, aunque, como cuando se refiri?? a la avaricia como "el espol??n de la industria ", y expres?? su preocupaci??n acerca de los niveles excesivos de impuestos, que" destruir la industria, engendrando la desesperaci??n. "

Smith y Ricardo

"El gobierno civil, la medida en que se instituye para la seguridad de la propiedad, es, en realidad, instituido para la defensa de los ricos contra los pobres, o de los que tienen la propiedad contra los que no tienen en absoluto."
- Adam Smith , La riqueza de las naciones, 1776

A mediados del siglo 19, la revoluci??n industrial hab??a transformado Inglaterra y hab??a comenzado en Francia. La concepción establecida de lo que constituye la propiedad expandido más allá de la tierra para abarcar bienes escasos en general. En Francia, la revolución de la década de 1790 había dado lugar a la confiscación a gran escala de las tierras anteriormente propiedad de la iglesia y el rey. La restauración de la monarquía llevó a las afirmaciones de los desposeídos que sus antiguas tierras regresó. Adem??s, el La teoría del valor-trabajo popularizado por los economistas clásicos como Adam Smith y David Ricardo fueron utilizados por una nueva ideología llamado socialismo a la crítica de las relaciones de propiedad a otra económica cuestiones, como ganancia, renta, el interés y el trabajo asalariado. Por lo tanto, la propiedad ya no era una cuestión filosófica esotérica, sino una cuestión política de la preocupación sustancial.

Charles Comte - origen legítimo de la propiedad

Charles Comte, en elTraité de la Propiedad(1834), trató de justificar la legitimidad de la propiedad privada en respuesta al Restauraci??n borb??nica.acuerdo con David Hart, Comte tuvo tres puntos principales: "en primer lugar, que la injerencia del Estado en los siglos en la propiedad tiene tenido consecuencias nefastas para la justicia, así como para la productividad económica; en segundo lugar, que la propiedad es legítima cuando emerge de tal manera que no hacer daño a nadie; y en tercer lugar, que históricamente algunos, pero no todos, los bienes que ha evolucionado ha hecho tan legítimamente, con la implicación de que la distribución actual de la propiedad es una mezcla compleja de títulos legítimamente e ilegítimamente en poder. " ( El liberalismo radical de Charles Comte y Charles Dunoyer

Comte, como Proudhon m??s tarde hizo, rechaz?? la tradici??n jur??dica romana , con su tolerancia de la esclavitud. Postuló una propiedad comunal "nacional" que consiste en bienes no escasos, como la tierra en las sociedades antiguas de cazadores-recolectores. Dado que la agricultura era mucho más eficiente que la caza y la recolección, la propiedad privada se apropió por alguien para la agricultura restantes cazadores-recolectores que quedan con más tierra por persona, y por lo tanto no perjudicarles. Por lo tanto este tipo de apropiación de la tierra no violó la condición de Locke - había "todavía lo suficiente, y tan buena izquierda". Análisis de Comte sería utilizado por los teóricos posteriores en respuesta a la crítica socialista en la propiedad.

Pierre Proudhon - propiedad es un robo

En su tratado de 1849 ¿Qué es la propiedad? , Pierre Proudhon responde con " la propiedad es un robo! " En los recursos naturales, que ve dos tipos de propiedad, de jure propiedad (título legal) y de facto de la propiedad (posesión física), y sostiene que el primero es ilegítimo. La conclusión de Proudhon es que "la propiedad, para ser justo y posible, necesariamente debe tener la igualdad para su condición."

Su análisis del producto del trabajo de los recursos naturales como propiedad (usufructo) es más matizada. Afirma que la tierra en sí no puede ser la propiedad, sin embargo, debe ser ocupado por poseedores individuales como guardianes de la humanidad con el producto del trabajo de ser la propiedad del productor. Proudhon razonó que cualquier riqueza adquirida sin trabajo fue robado de los que trabajaron para crear esa riqueza. Incluso un contrato voluntario a entregar el producto del trabajo de un empleador era el robo, según Proudhon, ya que el controlador de los recursos naturales no tenía ningún derecho moral a cobrar a otros por el uso de lo que no hizo el trabajo para crear y por lo tanto no era dueño .

Teoría de la propiedad de Proudhon influenciado en gran medida el movimiento socialista en ciernes, inspirando a los teóricos anarquistas comoBakunin Mijail que modificaron las ideas de Proudhon, así como antagonizar teóricos comoKarl Marx.

Frédéric Bastiat - propiedad es el valor

Principal tratado de Frédéric Bastiat en la propiedad se puede encontrar en el capítulo 8 de su libro Armonías Económicas (1850). En un cambio radical de la teoría de la propiedad tradicional, se define la propiedad no como un objeto físico, sino más bien como una relación entre las personas con respecto a un objeto. Por lo tanto, decir que uno posee un vaso de agua es la abreviatura meramente verbal de que puedo justamente regalo o comercio esta agua a otra persona . En esencia, lo que se posee no es el objeto, pero el valor del objeto. Por "valor", Bastiat aparentemente significa el valor de mercado ; se hace hincapié en que esto es muy diferente de la utilidad. "En nuestras relaciones con los otros, no somos dueños de la utilidad de las cosas, sino de su valor, y el valor es la valoración hecha de los servicios recíprocos."

Una mayor disponibilidad de préstamos para nuevos proyectos, ya que más cosas se podrían utilizar como garantía para los préstamos;

  • Un acceso más fácil al e información más confiable sobre cosas tales como historial de crédito y el valor de los activos;
  • Aumentado fungibilidad, la normalización y la transferibilidad de las declaraciones que documentan la titularidad de la propiedad, lo que allana el camino para estructuras tales como los mercados nacionales para las empresas y la facilidad de transporte de propiedad a través de complejas redes de individuos y otras entidades;
  • Mayor protección de la biodiversidad debido a la minimización delcambio de prácticas agrícolas.
  • Todo lo anterior mejorar el crecimiento económico.

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